La lucha continúa...
Editorial Escrita Por: Manuel J. Clouthier
Hace un año, el 15 de marzo de 2012, me presenté al consejo general del IFE a solicitar mi registro como candidato independiente, es decir sin partido, a la Presidencia de la República.
Emprendí, a partir de ese momento, junto con un grupo de ciudadanos y las organizaciones Justicia Justa AC y Centro Jurídico para los Derechos Humanos, una lucha en dos vías: una jurídica y otra política, con el objeto de lograr, en un sentido amplio, el reconocimiento del derecho humano de participación política que sostiene que los ciudadanos tenemos derecho de participar en la dirección de los asuntos públicos, de votar y ser votados en elecciones libres y de tener acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de nuestro país.
Sosteníamos que los mexicanos no somos ganado para que se nos obligue a herrar y se nos marque con el sello de un partido político para poder ser candidatos a puestos de elección popular.
Dijimos que pasamos del monopolio de partido al oligopolio partidista, pero no a la democracia, porque la acción política ha sido secuestrada por la partidocracia, léase una burocracia partidaria.
Así iniciamos un peregrinar por las instituciones electorales del Estado mexicano, mismas que en teoría deberían ser defensoras de los intereses del ciudadano, y de los partidos políticos sólo en la medida que éstos sean vistos como organizaciones de ciudadanos que deben tener como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática y no limitarla.
En este caminar encontramos varias sorpresas. La primera: que el IFE, que debería ser una institución ciudadana, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación optaron por servir al poder y no a la justicia, y en el marco de un derecho humano decidieron sobreponer el derecho de los partidos políticos por encima del derecho de los ciudadanos, violando el principio pro persona, consignado en el artículo primero de nuestra Carta Magna.
Este principio sostiene que en derechos humanos la interpretación de la ley y la correlativa aplicación deben favorecer siempre a las personas con la protección más amplia. El Estado debe ser un garante de estos derechos, por lo que toda autoridad —dice nuestra Constitución— tiene obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los mismos.
Otra de las sorpresas es que, convencido de que la libertad de expresión es un derecho humano y a su vez uno de los pilares fundamentales de toda democracia, algunos medios de comunicación y periodistas buscaron desacreditar la idea de las candidaturas independientes, como si éstas no fuesen importantes para nuestra incipiente democracia. Determinar si las candidaturas independientes son importantes, como creo que son, obliga a un análisis integral de las mismas con sus pros y contras, y no a una descalificación a priori, como si de veras fuesen una locura. Además, debemos analizarlas en el contexto del derecho humano de participación política, bajo el cual toda persona tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país y de participar en elecciones populares sin restricciones indebidas ni requisitos irrazonables o de carácter discriminatorio o a causa de su filiación política.
El 24 de abril de 2012 la sala superior del TEPJF resolvió negarme mi derecho, bajo el argumento de que el derecho de participación política y la posibilidad de ser candidato independiente era un derecho humano de configuración legal, y que al no estar configurado, yo no tenía derecho. Es decir, el tribunal resolvió —básicamente— que el derecho de participación política en su vertiente pasiva, el derecho a ser votado, no puede ser ejercido porque no hay ley, y el único que puede hacerla es el Poder Legislativo.
Presentamos, el pasado 20 de junio de 2012, una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la que concluimos que si la ausencia de esa configuración legal obedece a una omisión legislativa, ello no significa que ese derecho sea inexistente, y que por tanto la omisión del Estado mexicano no puede traducirse en una restricción o anulación de ese derecho. Peor aún si la legislación actual, que da “exclusividad” a los partidos políticos para postular candidatos, es una restricción indebida a los derechos humanos, porque contraviene el principio pro persona. De tal denuncia hablaremos en otro artículo.
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1 comentario(s) se han hecho de esta editorial
15/marzo/2013 13:11
sin duda , la lucha elo larga, manuel pero hay una gran cantidad de mexicanos dispuesto a llevar a cuidanos. como tu. sin amrres sin arreglos con patidocracia, que sin lugar a dudas tendra a fin una represenracion en la proxima eleccion precidencial

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